Actualmente los asegurados tenemos muy en cuenta el coste anual de todos nuestros seguros y hacemos una revisión periódica para obtener mejor precio y coberturas más actualizadas. Sin duda es una práctica necesaria y como nos gusta hacer las cosas bien, hoy vamos a contaros como dar de baja un seguro.
El constante cambio de seguro hace que en muchos casos los asegurados no gestionen bien la cancelación de su póliza. Devolver el recibo en el banco sin notificar a la compañía aseguradora la baja puede traer problemas a corto plazo. Las aseguradoras pueden llegar a reclamar el importe total de la póliza por no haber comunicado en el plazo estimado la intención de no querer renovar el seguro. Cierto es que en algunos casos la carta con el aumento de la prima no ha llegado a nuestro domicilio, causa que no nos permite tomar la decisión de si nos interesa o no seguir en la compañía. Esta causa, sin duda podría ser reclamada a la compañía con la que tenemos el seguro.
¿Las aseguradoras reclaman en los juzgados por la mala gestión de una baja?
La verdad es que las aseguradoras no no suelen iniciar ningún tipo de procedimiento jurídico, la actual legislación establece que si no ha sido pagado el seguro por el tomador, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza.
¿Cómo puedo dar de baja mi seguro de manera correcta?
Según la Ley de Contrato de Seguro en su Artículo 22º, tanto la aseguradora como el tomador del seguro pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con al menos un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso. Esta notificación se suele hacer mediante fax o en algunos casos correo electrónico. Es muy importante que te guardes el acuse de recibo por si tuvieras reclamaciones en un futuro.
¿Puedo cancelar un seguro antes del vencimiento del contrato?
En algunos casos y dependiendo de la aseguradora será posible cancelar el seguro antes de su vencimiento, siempre y cuando el bien asegurado ya no esté en poder del tomador. Antes de realizar la gestión, si este es tu caso, pregunta a tu compañía aseguradora si la cancelación puede suponer la pérdida de la prima no consumida. Lo normal, es que si el pago es anual y ya lo tienes pagado, no te devuelvan la parte proporcional, pero inténtalo preguntando a tu agente de seguros.
Si estás interesado en obtener información acerca de cualquier tipo de seguro puedes contactar con nosotros a través del correo: info@aseguraconnosotros.com
Mi caso es que en Junio quise dar de baja un seguro de accidentes completo vinculado a un préstamo en la Caixa y me dijeron que no podía por que se había renovado en Mayo.. «Claro,sin avisarme del nuevo precio y sin saber que me cubre y cuando se termina».. Encima veo que va unido también a un seguro de vida que sumado al de accidentes completo me sale 29,57€+6,40€=35,97€+el préstamo vinculado..Osea una auténtica sobrada..¿Que puedo hacer ante esta situación??.
Buenos días Jone,
En caso de los seguros vinculados a préstamos hipotecarios te deben informar en el banco de la cobertura y el tiempo que debes tenerlo vinculado. Los contratos de los seguros son anuales y previamente deben avisarte del precio del año próximo. Para dar de baja cualquier seguro puedes hacerlo hasta un mes antes del vencimiento. Consulta con tu banco las condiciones y que te asesoren de todo con más precisión. Esperamos haberte ayudado y sobre todo que solucionen tu problema.
¡Saludos!